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Conclusiones del "II Congreso Nacional de Auditoría en el Sector Público"

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CONCLUSIONES DEL ?II CONGRESO NACIONAL DE AUDITORIA EN EL SECTOR PÚBLICO?

Los asistentes al Segundo Congreso Nacional de Auditoria en el Sector Público, celebrado en Sevilla los días 30 y 31 de marzo de 2006, han analizado la situación de la práctica de la auditoría en relación con la gestión económica de los recursos públicos, y han llegado, entre otras, a las siguientes conclusiones:

 

CONCLUSIONES DEL GRUPO I: LAS CORPORACIONES LOCALES: URBANISMO, ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, PROCEDIMIENTOS PRESUPUESTARIOS Y LA NUEVA LEY DE HACIENDA LOCAL

1. La actividad urbanística de las Entidades municipales tiene importantes consecuencias económicas, tanto desde el punto de vista de los ingresos como de los gastos. Una parte muy significativa de la financiación municipal y de la política de gastos están estrechamente relacionadas con la actuación urbanística de la respectiva Corporación local.

La auditoría de la actividad urbanística se hace cada día más necesaria. Asimismo, es conveniente una adecuada formación de los auditores públicos en esta materia, pues el principal riesgo de este tipo de auditorías está, en bastantes ocasiones, en aquello que no está documentado ni contabilizado.

2. Es necesario que las cuentas de las Corporaciones locales se formulen y se rindan de conformidad con el procedimiento y dentro de los plazos establecidos en la legislación aplicable. Para ello, se debe potenciar un procedimiento único y homogéneo para la rendición de cuentas a los Órganos de Control Externo, que, a su vez, permita la utilización de esta información por otro tipo de usuarios interesados (órganos de representación política, órganos de gestión de las Administraciones, entidades privadas, etc.)

En este sentido, las nuevas tecnologías deben desempeñar un papel importante en el establecimiento de este procedimiento, facilitando que las Entidades con menor población, que son las que mayores problemas tienen, puedan cumplir con el deber de rendir sus cuentas.

3. En la auditoría de las Corporaciones locales es adecuado utilizar indicadores de gestión que deben cumplir, al menos, dos requisitos: estar institucionalizados, de forma que puedan ser usados por todas las Entidades y, a su vez, estandarizados, para que en todo momento sean comparables.

Las nuevas Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local han recogido, de alguna forma, una de las conclusiones del I Congreso de Auditoría Pública, celebrado en Toledo en 2004, sobre la necesidad de que el sistema de información contable suministre suficiente información sobre indicadores de gestión.

4. La futura reforma de las haciendas locales debería abordar, al menos, las siguientes cuestiones:

a) El problema de los denominados gastos de suplencia o impropios asumidos por las Entidades locales (educación, sanidad, promoción social?).

b) Mejorar el espacio fiscal local, con una adecuada regulación de los tributos locales, tasas y contribuciones especiales.

c) Y, por último, avanzar en la participación en los tributos de las Comunidades Autónomas, intentando sustituir las subvenciones discrecionales y condicionadas por transferencias de financiación incondicionadas y estables.

 

CONCLUSIONES DEL GRUPO II: LA PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA: ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, PARLAMENTO Y PRESUPUESTO, POLÍTICAS PÚBLICAS.

1. En el contexto de la estabilidad presupuestaria exigida a los Estados miembros de la Unión Europea, la calidad de las estadísticas, base de la Contabilidad Nacional, es un hecho decisivo, ya que permite asegurar un funcionamiento apropiado en materia de vigilancia presupuestaria, así como una coordinación eficaz de las políticas presupuestarias de todos los países.

2. La reforma de la normativa sobre estabilidad presupuestaria debe aportar ciertas ventajas, tales como que, la interpretación de la estabilidad se corrija, con el fin de resultar más acorde con los fines que se persiguen, se avance en una mayor participación de las Administraciones Territoriales en la determinación de los objetivos de estabilidad, y se impulse la transparencia en cuanto a suministro de información.

Además, deberá contemplarse un desarrollo reglamentario, así como un esfuerzo legislativo por coordinar la normativa presupuestaria y el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

3. En un entorno de restricciones presupuestarias y de necesidad de introducir una mayor calidad en la gestión de los servicios públicos, la búsqueda de la financiación de las obras y servicios públicos, en las que los agentes privados aparecen involucrados, resulta primordial, siempre y cuando se garantice el adecuado seguimiento presupuestario y su reflejo en la Contabilidad Nacional.

4. El crecimiento del gasto sanitario público, superior al que experimenta el PIB, prueba la insuficiencia de recursos y genera gasto no contabilizado por falta de consignación presupuestaria. Se deben contemplar como solución, propuestas de racionalización del gasto y el estudio de mejoras en la vertiente de los ingresos.

No obstante, habrá de tenerse en cuenta la incidencia en la estabilidad presupuestaria y en la Contabilidad Nacional, tanto en lo referente a la incorporación del gasto no contabilizado, como en la distribución anual de la carga presupuestaria y de las transferencias realizadas.

 

CONCLUSIONES DEL GRUPO III: LA EFICACIA DE LA AUDITORÍA PÚBLICA: SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES, NUEVAS TECNOLOGÍAS, CONCESIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS

1.- La mejora de la eficiencia del gasto público resulta la única alternativa para dar continuidad a los programas de gasto público que exigen los nuevos escenarios económicos. La creación de la Agencia Estatal de la Calidad de los Servicios y de las Políticas Públicas, supone un respaldo institucional a este objetivo, reforzando la implantación de la calidad informativa y la evaluación de determinados indicadores de servicios públicos, con cierta periodicidad.

2.- La auditoría pública, por su propia naturaleza, es un estímulo para una gestión eficiente. El trabajo realizado en este campo ha de servir fundamentalmente para proponer mejoras en la gestión.

3.- Debe tenerse en cuenta que, solo las Auditorías realizadas con un estándar de calidad son útiles. La calidad de nuestro trabajo es garantía de continuidad y reconocimiento de nuestra función. La aplicación de las nuevas tecnologías a la auditoría pública, permite un resultado final de mayor transparencia, además de facilitar el acercamiento del órgano fiscalizador al auditado y del trabajo realizado a los ciudadanos.

4.- Para el seguimiento de las recomendaciones establecidas en los informes de auditoría pública, se propone:

- Intensificar el control de las entidades que no respondan a los seguimientos,

- Facilitar la presentación telemática de las cuentas, y

- Anticipar las actividades fiscalizadoras e informar periódicamente a los Parlamentos y a los Plenos Municipales del seguimiento de recomendaciones que deben adoptar las entidades fiscalizadas.

 

CONCLUSIONES DEL GRUPO IV: LA COLABORACIÓN DE LAS FIRMAS PRIVADAS DE AUDITORÍA EN EL CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA

La regulación y organización del Sector Público en España y las distintas actividades que desarrolla, implican numerosas singularidades y un elevado nivel de complejidad. La participación de las firmas privadas de auditoría en el control de la gestión pública, exige que la dirección, supervisión y el control de calidad de los trabajos, se realicen por los Órganos Públicos de control. Asimismo, requiere la cualificación y especialización de las firmas privadas para desarrollar de forma adecuada esta colaboración.

El impulso de los Órganos Públicos de control (internos y externos) para extender el alcance de sus Auditorías, permite incrementar la colaboración de las firmas privadas de auditoría en el control de la gestión pública.

 

CONCLUSIONES GRUPO V: LA AUDITORÍA DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS.

1.- En la auditoría de las subvenciones, concurren distintos sistemas de control. En consecuencia, sería recomendable la implantación de un modelo de auditoría única, que de forma coordinada permitiera la intervención en cadena de los Órganos e Instituciones que participan en dicho control, evitándose así la reiteración de actuaciones y aprovechando la sinergia de los sucesivos trabajos.

2.- Sería recomendable introducir mejoras en los elementos que definen el carácter condicional de la subvención. Estas propuestas de mejora son:

a) Intensificar el control jurídico de las bases reguladoras y convocatorias.

b) Contemplar, en la fase de instrucción, la reformulación de solicitudes.

c) Precisar con todo detalle los compromisos de los beneficiarios en las resoluciones de concesión.

d) Concretar la documentación que debe presentar los beneficiarios.

3.- La auditoría de subvenciones, además de verificar la tramitación administrativa, el reflejo presupuestario-contable y la justificación de la actividad subvencionada, debe analizar el coste de dicha actividad, medir su impacto en la sociedad y en los objetivos de una determinada política pública.

4.- Dada la importancia que las subvenciones tienen en el ámbito de la Administración Pública, cada vez es mayor la colaboración de los profesionales privados de la auditoría. Para que tales trabajos resulten homogéneos, es recomendable que se ajusten a unas Guías Orientativas de Revisión.

5.- Se hace necesaria una regulación específica para formalizar y dar seguridad jurídica a la colaboración de los profesionales de la auditoría, en el proceso de verificación de la justificación de las subvenciones.

 

CONCLUSIONES DEL GRUPO VI: LA CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE LOS AUDITORES PÚBLICOS

1º.- La formación es una de las mayores preocupaciones de cualquier Órgano de Control Externo y debe asegurarse para llevar a cabo un trabajo de calidad, pudiéndose plantear, incluso, la posibilidad de crear una titulación específica para los auditores del Sector Público.

2º.- Los auditores públicos deben buscar los mejores estándares de credibilidad, profesionalidad y calidad de servicio y, para ello, uno de los principios fundamentales es la competencia. De este modo, la formación y capacitación se convierten en un compromiso continuado de desarrollo personal y profesional, así como en una estrategia de las Instituciones que necesitan empleados altamente cualificados y especializados.

3º.- En España no existe ningún centro específico para la formación de profesionales que realizan Auditorías en el Sector Público, cubriéndose tal necesidad por distintas entidades públicas y privadas, que realizan planes de formación concretos para sus propios técnicos. En esta formación se deben reforzar tanto los sistemas de detección de necesidades, como los de selección de los participantes en las acciones formativas, lo que implicará dedicar mayores recursos al diseño y a la planificación de dicha actividades, así como a su evaluación y al análisis de los resultados.

4º.- Se plantea, por ello, la necesidad de profundizar en una estrategia común de formación en estas Instituciones, que garantice un adecuado conocimiento en el acceso a las mismas, así como una puesta al día permanente, imprescindible para ir adaptando la cualificación al continuo progreso de las técnicas y herramientas en nuestra labor profesional.

5º.- Sería conveniente instar a la Administración Educativa, para que promueva que las Universidades impartan títulos de postgrado en Auditoría y Contabilidad Pública, con el objeto de fomentar la cultura contable pública.

6º.- El éxito del I Congreso celebrado en 2004 y de este II Congreso de Auditoría, evidencian la demanda de espacios de mejora para los auditores que actúan en el Sector Público y reclama la creación de un centro estable especializado en la formación, capacitación y actualización permanentes de los profesionales actuales o que, en el futuro, vayan a prestar sus servicios como técnicos de Instituciones Públicas de control o en empresas de auditoría especializadas en dicho Sector.