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2015/03 Ayuntamiento de Orkoien, 2013

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2015/03 Ayuntamiento de Orkoien, 2013 ()

La Cámara de Comptos de Navarra ha publicado el informe sobre el Ayuntamiento de Orkoien, respondiendo a una petición del Parlamento a instancias del grupo Bildu Nafarroa. El informe analiza las cuentas de 2013 y la evolución de su situación financiera desde 2010.

El ayuntamiento cuenta con una sociedad urbanística –Iturgain, S.A.- creada en 1998 para la promoción de viviendas. Su actividad se reduce actualmente a gestionar algunos alquileres de inmuebles y en 2013 rescindió el contrato de su única trabajadora.

En 2013, el Ayuntamiento de Orkoien gastó 3,5 millones e ingresó 3,3. Los capítulos de gasto más importantes corresponden a compras de bienes corrientes y servicios (1,4 millones) y personal (1,3 millones). Las inversiones rondaron en 2013 el medio millón de euros.

En cuanto a los ingresos, los impuestos directos suman 1,4 millones y las transferencias corrientes un millón. A través de las tasas y precios públicos se recaudó medio millón de euros.

Analizada las cuentas del ayuntamiento, el informe señala que expresan de manera correcta su ejecución, aunque se apunta una salvedad referida al inventario porque no está actualizado. En cuanto al análisis de legalidad, su actividad económico-financiera se ha realizado en general de acuerdo a las normas vigentes.

La evolución de las cuentas de Orkoien en el periodo 2010-2013 refleja un descenso importante de los gastos, que pasan de 8 millones a 3,5. Especialmente significativo es el descenso de las inversiones, que de los 5 millones de 2010 han descendido hasta el medio millón de 2013.

En la actualidad, el Ayuntamiento de Orkoien presenta una situación económica saneada, sin deuda y carga financiera.

Respecto a la sociedad Iturgain, el informe señala que sus cuentas reflejan correctamente su actividad económica. No obstante, se apunta una posible irregularidad referida a la rescisión del contrato de su única trabajadora. Dicho acuerdo lo tomó la junta de la sociedad en 2013 alegando falta de actividad por parte de la empresa. Sin embargo, el presidente de la junta decidió alegar motivos disciplinarios, lo que derivó en un despido improcedente y una indemnización mayor a la que le hubiera correspondido respetando el acuerdo.