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2007/06 Empresas Públicas de Navarra: selección de personal, contratos, encomiendas e ingresos por transferencias, ejercicio 2004

Fecha publicación

La Cámara de Comptos de Navarra ha remitido al Parlamento un informe sobre diversos aspectos de la gestión de las empresas públicas. En concreto, se ha analizado la selección de personal, los contratos de obras, asistencia técnica y suministros, las encomiendas y la gestión de los ingresos por transferencias recibidas del Gobierno de Navarra.

En la introducción del informe, la Cámara de Comptos señala que existen 28 empresas públicas. Si bien la gestión analizada corresponde al ejercicio de 2004, el informe indica que en 2005 y 2006 se crearon otras tres: Riegos del Canal de Navarra S.A, Sociedad de Promoción de Inversiones e Infraestructuras de Navarra S.A. y Producción Informática de Navarra S.L.

El informe señala que las sociedades públicas se rigen por el ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las exigencias que por su carácter público deben cumplir en materia presupuestaria, contable, patrimonial, de control financiero y contratación. Al estar sometidas al régimen de contabilidad pública, sus cuentas forman parte de las cuentas generales de Navarra y sus programas de actuación se integran en los presupuestos. Además, están sujetas al control financiero del Gobierno y al control externo de la Cámara de Comptos.

En cuanto a la contratación, la Cámara de Comptos destaca que, de acuerdo a la legislación contractual vigente en el ejercicio de 2004, las sociedades públicas debían cumplir los principios de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad, salvo que la naturaleza de la operación fuera incompatible con estos principios, debiendo aplicar las normas y procedimientos de adjudicación previstos en la legislación contractual si los importes superan los umbrales comunitarios: 5.923.624 euros para contratos de obras y 236.945 para suministros, asistencia y gestión de servicios públicos.

Respecto a personal, a las empresas públicas se les aplica el Derecho Laboral, aunque a la hora de seleccionar a sus empleados deben respetar los principios constitucionales de interdicción de la arbitrariedad, igualdad, mérito y capacidad. El informe señala que "estos principios requieren, para ser efectivos, la aplicación de otros como los de publicidad, concurrencia y objetividad, que garanticen la realización de un proceso de selección de personal objetivado y motivado".

A la hora de planificar el trabajo, la Cámara de Comptos seleccionó 53 contrataciones de personal, 51 contratos de obras, asistencia y suministros por importe de 38 millones de euros, 25 encomiendas del Gobierno de Navarra a estas empresas cuyo precio ascendió a 24 millones y 30 transferencias de la Administración Foral por un importe total de 13 millones.

 

Selección de personal

En cuanto a la contratación de personal, el informe concluye que de las 14 empresas analizadas seis realizaron selecciones de personal con procedimientos que garantizan el cumplimiento de los citados principios. Dichas empresas son: Centro Europeo de Empresas e Innovación de Navarra, S.A., Centro Navarro de Autoaprendizaje de Idiomas S.A, Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones S.A, ITG Agrícola S.A, Navarra de Infraestructuras Locales S.A y Obras Públicas y Telecomunicaciones de Navarra S.A.

En ocho de las 14 empresas, por el contrario, no se ha podido constatar la aplicación de procedimientos que garanticen un sistema de selección objetivo y motivado. De hecho, esas empresas "no contemplan la realización de pruebas objetivas sino solamente entrevistas a los diversos candidatos al puesto a contratar", de cuya realización y valoración tampoco queda constancia escrita. El informe señala que en algunos casos ni siquiera queda constancia del procedimiento seguido por la empresa pública para la contratación de personal.

 

Contrataciones

El informe detalla los contratos de obras, asistencia técnica y suministros de las empresas públicas, explicando el objeto del contrato, el sistema de contratación y el importe asignado (capítulo VI.2). En las conclusiones del informe se afirma que aunque en general, sobre todo en los contratos de elevada cuantía, las empresas públicas han aplicado los principios de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad, existen incumplimientos tales como: adjudicaciones directas sin publicidad ni solicitud de ofertas, y sin que conste causa justificativa de dicho procedimiento de adjudicación; licitaciones de contratos realizadas sin publicidad, limitando la concurrencia sin justificación; e incumplimiento de la legislación comunitaria que obliga a respetar normas relativas a la capacidad de empresas, publicidad, procedimientos de licitación y formas de adjudicación para contratos que superen determinadas cuantías.

 

Encomiendas

La encomienda es una figura en virtud de la cual la Administración encarga a las empresas públicas, como entes instrumentales, la ejecución de obras, trabajos, asistencias técnicas y prestaciones de servicios que no puede realizar directamente.

El informe indica que "en muchos de los casos analizados, diferentes departamentos del Gobierno de Navarra realizan encomiendas sin ajustarse a los requisitos establecidos en el Decreto Foral 150/2003 que las regula, asignándoles la realización de trabajos que exceden claramente de los medios materiales y humanos, y en ocasiones, hasta del propio objeto social de la empresa pública a la que se realiza la encomienda. En definitiva, más allá de los límites y requisitos que deben presidir esta figura". La Cámara de Comptos ha constatado en muchas de las encomiendas revisadas que las empresas públicas contratan a su vez gran parte, e incluso la totalidad del trabajo encomendado, a colaboradores externos, superando los límites que el citado decreto establece para la contratación externa "e incumpliendo, en ocasiones, los principios de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad que deben presidir la contratación de las sociedades públicas".

El hecho de que en el caso de las encomiendas las empresas contraten a su vez el trabajo a otra empresa pone de manifiesto, en opinión de la Cámara de Comptos, "que estas prestaciones debían haber sido objeto de contratación por la Administración".

El informe indica que las empresas públicas actúan muchas veces como meros intermediarios entre la administración y los contratistas, facturando gastos de gestión y encareciendo el trabajo respecto al precio que hubiera costado en el caso de haber sido adjudicado desde la administración. El informe también ha constatado deficiencias en la autorización del Gobierno de Navarra de la encomienda y en la justificación por parte de las empresas de los trabajos encomendados. "En este sentido -señala el informe- no consta que el Gobierno de Navarra, en general, compruebe y verifique la facturación y coste de los trabajos encomendados".

Respecto a las encomiendas, dado que la nueva Ley Foral de Contratos deroga el decreto de 2003, la Cámara de Comptos recomienda la aprobación de un decreto que establezca los requisitos y límites necesarios para la correcta utilización de esta figura.

También subraya el informe que los trabajos que el Gobierno encomiende a las empresas públicas deben corresponder exclusivamente a materias relacionadas con su objeto social, y a trabajos que la empresa pública pueda realizar y que no tenga que encargarlos en gran parte a empresas externas.

 

Transferencias recibidas del Gobierno de Navarra

En relación con las transferencias recibidas por las empresas públicas del Gobierno de Navarra, la Cámara de Comptos señala que se han financiado gastos, correspondientes a la actividad de la empresa pública y efectivamente realizados, que no están incluidos entre las actividades inicialmente previstas, tal como se detalla en el apartado VI.4 del informe. Tampoco queda constancia de que el Gobierno de Navarra compruebe directamente los gastos realizados por las empresas públicas en relación a la transferencia recibida. Por ello, el informe aboga por que se garantice la transparencia de las relaciones financieras entre la administración y las empresas públicas. En este sentido, las empresas públicas deben justificar adecuadamente la utilización efectiva de las transferencias recibidas y la Administración está obligada a exigir dicha justificación.

El informe finaliza con una serie de recomendaciones generales respecto a las empresas públicas. En primer lugar, la Cámara de Comptos cree que debe reflexionarse sobre la configuración actual del sector público empresarial, analizando la actividad que realizan algunas empresas como meros intermediarios en la adjudicación de contratos y su total dependencia de las transferencias del Gobierno y planteándose si esa es la forma más eficiente, eficaz y económica de prestación de servicios.

La Cámara de Comptos también recomienda que se regulen los aspectos básicos de las relaciones entre la Administración Foral y sus empresas, así como las relaciones entre las empresas en materia de convenios, gestión de servicios y operaciones financieras.