Pasar al contenido principal

ASOCEX

2009/24 Contrato para la prestación de asistencia sanitaria por la Universidad de Navarra a determinados colectivos de usuarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

Fecha publicación

A instancias de la Agrupación de Parlamentarios Forales de Izquierda Unida de Navarra/Nafarroako Ezker Batua, la Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra adoptó el acuerdo de solicitar a la Cámara de Comptos un informe de fiscalización sobre “el contrato para la prestación de asistencia sanitaria por la Universidad de Navarra a determinados colectivos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea”. 

Como antecedentes a este contrato señalamos que, desde 1982, la Universidad de Navarra es una entidad colaboradora de la Seguridad Social para la prestación voluntaria de la asistencia sanitaria a sus trabajadores en el ámbito de la enfermedad común y accidentes no laborales. Desde el 1 de mayo de 2008, renuncia a tal condición, asumiendo el SNS-O la prestación sanitaria de un colectivo cifrado en torno a 7.800 beneficiarios. 

En el expediente de contratación, el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea indica que, en las actuales condiciones, la red pública foral no puede asumir la gestión de tal servicio, por lo que se propone convenir con la Universidad de Navarra, mediante el correspondiente contrato de asistencia, tal prestación sanitaria. 

El contrato revisado presenta las siguientes características básicas: 

- Objeto: prestación de la asistencia primaria y especializada por la Universidad de Navarra a sus propios trabajadores. 

- Vigencia del contrato: desde el 1 de mayo de 2008 a 31 de diciembre de 2011. 

- Procedimiento de adjudicación: negociado sin publicidad comunitaria, dado que sólo existe un único adjudicatario que pueda prestar tal servicio. 

- Importe: se estima un coste de 744 euros por beneficiario y año. 

- Beneficiarios: trabajadores en activo y pensionistas de la Universidad así como sus familiares, siempre que residan en Navarra, que dispongan de tarjeta de Identificación Sanitaria (TIS) y tengan derecho a la prestación sanitaria. La estimación del número de personas que integran este colectivo se cifra en el contrato en torno a 7.800 beneficiarios. 

Del trabajo de fiscalización destacamos las siguientes conclusiones: 

- El contrato de asistencia revisado tiene por objeto la gestión indirecta del servicio de atención primaria y especializada, competencia del SNS-O, para un colectivo concreto de trabajadores de la Universidad de Navarra. 

- La Ley Foral de Salud habilita al SNS-O a celebrar conciertos, con centros y servicios asistenciales del sector privado, para la prestación de asistencia sanitaria especializada, sin que dicha habilitación legal se extienda expresamente a la atención primaria. No obstante, la legislación básica del Estado sí contempla tal extensión. 

- El mismo se ha tramitado siguiendo los procedimientos del contrato de asistencia, si bien convendría haber reforzado la justificación sobre la satisfacción del interés público, especialmente en lo referido a la imposibilidad material de prestar tal servicio con medios públicos propios y/o el coste que el mismo conllevaría. 

- En 2008, este contrato ha supuesto un gasto para el Gobierno de Navarra de 3,3 millones de euros, para una media mensual en torno a 6.700 usuarios y a un coste mensual unitario de 62 euros. 

- Los servicios del SNS-O verifican y controlan mensualmente el número de beneficiarios susceptibles de incluirse en el objeto de contrato y su posterior facturación. 

- El pago mensual de las prestaciones previstas en el contrato se efectúa mediante la fórmula matemática de número real de beneficiarios por el coste unitario, sin que intervengan otros factores relevantes como podría ser la actividad sanitaria realmente prestada por la Universidad a sus trabajadores. Por tanto, la Universidad soporta el beneficio o gasto que suponga una actividad sanitaria con coste distinto al unitario estimado en el contrato. 

En definitiva, mediante este contrato, la Administración Foral financia la asistencia sanitaria primaria y especializada de un colectivo en torno a 6.700 personas que, de otra forma, debería prestar directamente con sus propios medios. 

Esta Cámara de Comptos recomienda que los servicios del SNS-O, antes de la finalización del presente contrato y teniendo en cuenta los resultados efectivos del mismo, su coste y el resto de circunstancias objetivas que le afectan, analicen la razonabilidad de mantener externalizada desde 2012 la prestación sanitaria de este colectivo de personas. 

Descargar informe completo en archivo PDF