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2002/15 Expediente de contratación del transporte sanitario de la zona Estella - Azagra

Fecha publicación

La Cámara de Comptos de Navarra ha remitido al Parlamento el informe sobre el expediente de contratación para 2001 del transporte sanitario de la zona Estella-Azagra, solicitado por el legislativo a instancias del grupo \"Socialistas del Parlamento de Navarra\". El trabajo ofrece la opinión acerca de dicho expediente, en especial en lo referido a la fase de adjudicación.

El informe recuerda que el expediente de adjudicación objeto de análisis se inició en julio de 2000 por un procedimiento de concurso para adjudicar el servicio público de transporte sanitario, tanto programado como urgente, en las zonas de salud de Estella-Azagra, Baztan-Bidasoa-Alsasua y Tudela. Su vigencia estaba prevista que fuera para el 2001 prorrogable anualmente hasta el 31 de diciembre de 2008 y con un importe máximo anual de 2,57 millones de euros. Posteriormente, a la vista de que los plazos se dilataban excesivamente y el servicio debía iniciarse el 1 de enero de 2001, el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea decidió tramitarlo por la vía de urgencia. El servicio se dividió en tres lotes y el referido a Estella-Azagra fue adjudicado en 125,2 millones de pesetas (75.000 euros) con una baja del 6%. Tras la escisión de Urbaser S.A., en agosto de 2001 la empresa denunció el contrato y se inició un nuevo proceso de contratación por el procedimiento de urgencia mientras el servicio funcionaba con los medios de la empresa Servicios Socio Sanitarios Generales, del mismo grupo que Urbaser. El servicio fue finalmente adjudicado a la UTE formada por las empresas Transportes Sanitarios de Aragón y Ambulancias de Navarra por un 4% más de lo adjudicado a la anterior empresa.

La Cámara de Comptos concluye que a la vista del expediente se han cumplido de manera razonable los requisitos legales aplicables. El informe señala que el procedimiento de urgencia tiene carácter excepcional en la normativa de contratación de las Administraciones Públicas, aunque en este caso la limitación no parece que afectara a la concurrencia ya que las empresas que optaron al contrato son las que habitualmente se presentan a estas licitaciones.

En cuanto a los criterios de adjudicación, el informe indica que son objetivos y están señalados por orden decreciente de valoración aunque no se fija el método de valoración de uno de ellos antes de la apertura de las proposiciones. Por ello, la Cámara de Comptos recomienda que, en la medida de lo posible, en este tipo de adjudicaciones se determine previamente el modo de valoración de las propuestas técnicas para favorecer la objetividad, igualdad y la transparencia del proceso de adjudicación

La Cámara de Comptos finaliza su informe afirmando que \"las actuaciones del Servicio Navarro de Salud son razonables dentro de las peculiares circunstancias que concurrieron en la firma y ejecución de este contrato. En la práctica el servicio funcionó con los medios de la empresa Servicios Socio-Sanitarios, del mismo grupo que Urbaser, siendo competencia de los tribunales de justicia, en su caso, decidir si este hecho tiene repercusiones jurídicas entre las partes o terceros\".