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2007/19 Ayuntamiento de la Cendea de Galar, 2005

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2007/19 Ayuntamiento de la Cendea de Galar, 2005 ()

La Cámara de Comptos de Navarra ha hecho público el informe de fiscalización sobre el Ayuntamiento de la Cendea de Galar correspondiente al ejercicio de 2005. El trabajo analiza la ejecución presupuestaria, el resultado económico-patrimonial, el cumplimiento de la legalidad y la situación económico-financiera del ayuntamiento a 31 de diciembre de 2005.

El Ayuntamiento de la Cendea de Galar es un municipio compuesto de la Comarca de Pamplona, con una población de 1.456 habitantes y una extensión de 45 kilómetros cuadrados. Lo forman los siguientes concejos: Arlegui, Cordovilla, Esparza, Esquíroz, Galar, Olaz-Subiza, Salinas de Pamplona y Subiza, así como el lugar de Barbatain.

En el ejercicio de 2005 el Ayuntamiento de la Cendea de Galar ingresó 5,4 millones de euros y gastó 3,8 millones. En los últimos cinco años ha ido acumulando resultados presupuestarios positivos, consiguiendo un superávit global de unos cinco millones de euros.

La Cámara de Comptos señala que no puede dar una opinión sobre la situación patrimonial, el resultado económico ni la liquidación presupuestaria del Ayuntamiento de la Cendea de Galar. Esto es debido a que los estados financieros no reflejan adecuadamente la situación económica del municipio. De hecho, el informe constata que parte de los gastos e ingresos no han sido imputados correctamente, además de existir un control interno con el que no se puede garantizar que se hayan realizado todos los pagos y cobros procedentes.

El informe también critica la contratación del asesor jurídico del Alcalde del Ayuntamiento, efectuada sin la previa inclusión de dicho puesto en la plantilla orgánica y sin el adecuado reflejo presupuestario de las retribuciones de este tipo de personal eventual. "Estos requisitos -indica el informe- son esenciales para dar validez a dicha contratación y son competencia del pleno de la corporación".

En cuanto a la gestión urbanística, el informe señala que no se ha desarrollado adecuadamente el Registro de Convenios Urbanísticos y, respecto de dos de los convenios examinados, constata la falta de publicidad y en uno de ellos la no aplicación de los requisitos de tramitación exigidos.

La Cámara de Comptos concluye subrayando la buena situación económica del Ayuntamiento de la Cendea de Galar, "con ingresos tributarios y corrientes muy por encima de la media de los pueblos navarros, con importantes remanentes de tesorería y ausencia de deudas y gastos financieros". Esta boyante situación, sin embargo, no va acompañada de una correcta gestión municipal puesto que los estados financieros no reflejan adecuadamente su actividad económica, existen actuaciones que no se ajustan a la legalidad vigente y las previsiones y proyectos de inversiones no responden a una estimación rigurosa de las posibilidades reales de ejecución, especialmente los de incidencia supralocal. Asimismo, el informe pone el acento en la falta de un control interno eficaz, lo que posibilita que se pierdan derechos e ingresos.

El informe incluye un capítulo de recomendaciones para mejorar la gestión del ayuntamiento. Entre éstas figuran la de actuar con rigor a la hora de presupuestar inversiones, implantar un inventario que se actualice y gestionar el patrimonio municipal del suelo de forma separada del resto de bienes municipales. El informe pide que existan procedimientos de revisión sistemática de las cuentas para garantizar que los errores detectados no vuelvan a producirse. La Cámara de Comptos pide también que se respete la normativa en materia de contratos, que se actúe garantizando la publicidad y que se regularice la situación del personal asesor y de los servicios técnicos de urbanismo contratados por el ayuntamiento.

En materia de personal, teniendo en cuenta los importes económicos que el ayuntamiento gestiona, la Cámara de Comptos cree que debe reforzarse el control interno a través de un interventor de plantilla o contratado de forma mancomunada con otras entidades locales. También recomienda considerar esta fórmula en el caso de los técnicos de urbanismo frente a la práctica del ayuntamiento, es decir, la contratación de personal en calidad de asesores.