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1998/05 Adjudicación del concurso y formalización del concierto de traslado público sanitario a Dragados y Construcciones, S.A. y Urbaser, S.A. (UTE Dragados y Urbaser)

Fecha publicación

Adjudicación del concurso y formalización del concierto de traslado público sanitario a Dragados y Construcciones, S.A. y Urbaser, S.A. (UTE Dragados y Urbaser)

La Cámara de Comptos ha remitido al Parlamento el informe sobre la adjudicación del concurso y formalización del concierto de traslado público sanitario a Dragados y Construcciones, S.A. y Urbaser, S.A. (UTE Dragados y Urbaser). Dicho informe fue solicitado por la Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra, a instancias del grupo parlamentario Convergencia de Demócratas de Navarra.

 

En la introducción del informe, el órgano fiscalizador subraya que el trabajo realizado se ha hecho desde la óptica de la fiscalización y control económico-financiero, "correspondiendo a las instancias judiciales pertinentes la competencia para resolver la legalidad de dichos procedimientos y determinar la validez jurídica de las actuaciones administrativas sujetas a revisión".

 

En cuanto al proceso de adjudicación, la Cámara de Comptos concluye que se realizó de acuerdo con la normativa vigente, aunque constata que la oferta de la empresa adjudicataria presentaba algunos defectos formales. No obstante, a juicio de la Cámara de Comptos se trata de defectos que no implicaban incumplimiento de los requisitos esenciales e indispensables para contratar, ni afectaban a los derechos de los demás licitadores. "La Mesa de Contratación- señala el informe- no ejerció con la debida diligencia las funciones que le encomienda el ordenamiento jurídico en el proceso de selección; en concreto, la apertura de plazo para subsanar los defectos observados en la documentación. La problemática suscitada posteriormente -recursos, alegaciones...-pone de manifiesto la importancia del exacto cumplimiento de aquellas atribuciones".

 

Respecto a la formalización de los contratos, la Cámara de Comptos concluye afirmando que el 25 de junio de 1997, fecha en la que se firmó el contrato, la UTE Dragados y Urbaser no disponía de todos los medios ofertados en su memoria para la organización y prestación del servicio de traslado sanitario. De hecho, en ese momento la adjudicataria sólo disponía de 24 vehículos de los 29 ofertados, aunque para solventar esa situación alquiló cinco hasta que, dos meses después, aportó definitivamente los vehículos propios.

 

Según señala el informe, el contrato fue formalizado y su ejecución iniciada al considerar el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que los defectos observados no impedían una prestación adecuada del servicio, si bien no consta referencia expresa o actuación alguna en relación con esa carencia. "El Servicio Navarro de Salud- dice la Cámara de Comptos- se acogió al cumplimiento de lo convenido entendiendo, a nuestro parecer de forma razonable con la información revisada, que, por un lado los defectos observados no alcanzaban la suficiente entidad ni existía voluntad de incumplimiento por el adjudicatario ni circunstancias que impidieran su cumplimiento, y, por otro, que el servicio no resultaba resentido y podría prestarse con los medios iniciales, posteriormente subsanados".

 

No obstante, la Cámara de Comptos cree que el Servicio Navarro de Salud debía de haber dejado constancia escrita de las carencias citadas y, en su caso, si hubiese resultado procedente de conformidad con los pliegos, deberían haberse adoptado las medidas correctoras sancionatorias que hubiesen correspondido. "La adopción del conjunto de acciones anteriores -dice la Cámara de Comptos- resulta conveniente no sólo desde el estricto cumplimiento de la legalidad vigente, sino también como garantía de la transparencia y objetividad que deben reflejarse en todo procedimiento administrativo".

 

La Cámara de Comptos incluye en el informe una serie de conclusiones sobre el transporte sanitario en Navarra entre las que destaca el hecho de que el sector se ha desenvuelto en una situación de cuasimonopolio por la dificultad de que exista una verdadera competencia.

 

El transporte sanitario en Navarra está dividido en ocho zonas geográficas. En agosto de 1996 se adjudicó el servicio a otras tantas empresas por un importe total de 555 millones. De estas ocho empresas, las correspondientes a las zonas de Estella, Azagra, Baztan, Alsasua y Tudela denunciaron el contrato en septiembre del mismo año 96, mientras que las empresas de Pamplona, Sangüesa y Tafalla siguieron con el contrato firmado. Esta situación provocó un nuevo concurso en el que, además de las empresas que habían denunciado el contrato, participó la Agrupación Temporal de Empresas formada por Dragados y Construcciones, S.A. y Urbaser, S.A.

 

En junio de 1997 se adjudicó el servicio de las zonas denunciadas a la mencionada agrupación de empresas por un importe de 328 millones, lo que originó recursos por vía administrativa y, cerrada esa vía, las empresas que realizaban anteriormente el servicio han acudido a la vía contenciosa.

 

El informe aporta datos sobre el coste de esta prestación externa, según los cuales ha experimentado un aumento significativo en los últimos años, ya que en 1995 suponía 497 millones y en 1997 se incrementó hasta los 630 millones. La adjudicación de 1996 -denunciada posteriormente por cinco empresas- supuso un incremento medio del 12 por ciento.

 

La Cámara de Comptos, tras subrayar que el incremento del coste del servicio ha sido muy superior al del Indice de Precios al Consumo, señala que la empresa adjudicataria presentó una baja global del 11 por ciento en 1997, mientras que las empresas denunciantes ofertaron el importe de licitación. Esto ha supuesto un ahorro de 40 millones al Servicio Navarro de Salud.

 

La Cámara de Comptos incluye en el informe una serie de recomendaciones para mejorar la gestión de este tipo de servicios. Así, considera insuficiente el plazo de cuatro meses fijado para la denuncia unilateral porque no permite organizar con garantías un nuevo proceso selectivo. También considera que se deben replantear la vigencia anual y el límite de cuatro años para contratos como este, que exigen una fuerte inversión para los adjudicatarios.