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1998/23 Impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, 1997

Fecha publicación

Impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, 1997

La Cámara de Comptos de Navarra ha remitido al Parlamento el informe sobre los impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. En 1997 estos impuestos supusieron para las arcas de la Hacienda Foral 10.873 millones de los que 1.400 corresponden a sucesiones, 5.101 a transmisiones y 4.372 a actos jurídicos documentados.

La gestión de estos impuestos se comparte entre las oficinas de Hacienda de Pamplona y los Registros de la Propiedad de Tudela, Estella, Tafalla y Aoiz, lugares donde los registradores son también liquidadores de los impuestos. Esto tiene como consecuencia que en la cuota del impuesto se incluye los honorarios de liquidación de los registradores, tanto en el caso de las liquidaciones realizadas en los registros como en las que se tramitan en las oficinas de Hacienda de Pamplona. Esos honorarios suponen el tres por ciento sobre el total de la cuota.

En este sentido, la Cámara de Comptos recuerda que la legislación que regula esos impuestos y el cobro de los honorarios citados está basado en normativas de 1970, 1981 y 1982. Hasta ese momento la legislación de estos impuestos fue en Navarra paralela a la del Estado. A partir de entonces, sin embargo, el Estado reformó esa normativa y Navarra siguió con un modelo calificado por la Cámara de Comptos como "totalmente alejado de los modernos sistemas de gestión" por ser el único caso en que se practica la liquidación administrativa y porque no deja de ser sorprendente imputar al contribuyente los gastos originados en las operaciones liquidadoras de los impuestos.

El informe de la Cámara de Comptos recomienda al Departamento de Economía actualizar la normativa que regula los tres impuestos y suprimir el devengo de los honorarios de liquidación, de manera que la cuota tributaria comprenda el conjunto de lo que se pretende recaudar, sin perjuicio de que desde Hacienda se retribuya a las oficinas liquidadoras por los gastos que las liquidaciones les originan.

Más de 83.000 liquidaciones

Según los datos aportados por la Cámara de Comptos, el año pasado se tramitaron 83.415 liquidaciones de estos impuestos, de las que 57.500 corresponden a las oficinas de Hacienda de Pamplona. El tiempo medio transcurrido entre la presentación del documento y la liquidación del impuesto es de 16 días en el caso de las oficinas de Hacienda, si bien ese plazo es de 33 días en el caso de los documentos que se tasan y de sólo cuatro días en los que no necesitan tasación. "Por lo tanto -concluye la Cámara de Comptos- el tiempo empleado desde la presentación a la liquidación del impuesto se puede considerar razonable en la mayoría de los documentos presentados".

El informe aporta también datos sobre las tasaciones realizadas por el Servicio de Riqueza Territorial referidos a Pamplona, según los cuales el año pasado se tasaron 4.849 inmuebles. En un 51 por ciento de los casos los valores declarados eran iguales a los de la tasación, un 41 por ciento de las escrituras presentaba valores inferiores y el resto no presentaba valores o los que se declaraban eran superiores a la tasación.

La Cámara de Comptos, al analizar la labor de los tasadores, señala que según la normativa la base imponible viene determinada por el valor real, un concepto "vago e indeterminado" que puede concretarse por diferentes métodos y que, en todo caso, crea inseguridad porque el contribuyente no conoce con exactitud el importe de los impuestos que debe pagar. Por ello, el informe recomienda modificar esa normativa por un sistema que aporte garantía al contribuyente y conocimiento previo del importe a ingresar. "A este respecto -dice la Cámara de Comptos- la base imponible podría referirse al importe declarado de la operación y, supletoriamente, a valores preestablecidos, como en el caso de los vehículos usados, o referenciarse al valor catastral".

El informe analiza también el procedimiento de autoliquidación implantado para varias operaciones de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Según los datos aportados por la Cámara de Comptos, entre mayo y agosto de 1998 solamente se habían presentado 310 declaraciones con una cuota de 2,8 millones. El informe propone potenciar y ampliar el ámbito de aplicación del sistema de autoliquidación a los tres impuestos, ofreciendo, en todo caso, el actual sistema para que sea el contribuyente quien elija el que le parezca más adecuado.

Respecto al procedimiento de gestión, la Cámara de Comptos subraya que el sistema informático de estos impuestos no está integrado con el general de los tributos. Esto, unido a que las tres bases de datos utilizadas para la gestión de estos impuestos no están integradas, dificulta una eficaz gestión de los impuestos, obliga al contribuyente a acudir varias veces a las oficinas de Hacienda y genera una excesiva carga de trabajo.

Para mejorar esta situación, la Cámara de Comptos recomienda que se agilice al máximo la implantación del nuevo procedimiento informático. Dicho procedimiento debería integrar la gestión de los tres impuestos con la general, facilitar una más ágil información y permitir contabilizar según el criterio de devengo.